EL FUTURO DEL SISTEMA DE PATENTES

Es una característica muy humana la de preocuparse sobre el futuro y no contentarse exclusivamente con el presente y por ello, los seres humanos tradicionalmente han tratado de averiguar lo que el futuro les deparaba. Dado que este blog está dedicado a las patentes voy a tratar de actuar como adivinador del futuro que espera al sistema de patentes. Se trata de un esfuerzo prácticamente inútil pero, por otro lado se parte con la ventaja de que difícilmente se me reprochará mi fracaso en la predicción, pues o bien no estaré ya en ese “futuro” o nadie se acordará de esta entrada, que probablemente ya no será accesible. En definitiva, voy a comenzar un ejercicio de gran atrevimiento pero escasas consecuencias.

Indudablemente, si queremos conocer nuestro futuro es nuestro pasado el que más información nos va a proporcionar, como si de una regresión lineal se tratara . Si se pretende especular sobre el futuro del sistema de patentes, parece de lo más apropiado remontarse a sus orígenes.

Aun cuando, ya en el siglo XV se manifestaron algunos ejemplos de lo que podrían ser los antecedentes de las patentes (Venecia, Florencia y Reino de Castilla, entre otros), las primeras leyes de patentes aparecen a finales del siglo XVIII; (EE. UU. – 1790), Francia (1791) e incluso España (1811), donde bajo la ocupación napoleónica se promulgó una Ley que era una copia de la francesa . Según se puede observar, las primeras leyes de patentes se aprobaron pocos años después de acontecimientos revolucionarios, como la independencia de los Estados Unidos del Imperio Británico y sobre todo la revolución por antonomasia, la Revolución Francesa. Llegados a este punto sería interesante reflexionar sobre qué ha podido ocurrir en estos más de 200 años para que el sistema de patentes haya evolucionado desde un concepto esencialmente revolucionario a otro muy conservador, un sistema que los movimientos anti sistema de la actualidad probablemente abolirían de alcanzar el poder…… tras una hipotética revolución.

Privilegio de invención de Pedro Azor (Primera patente española)

Antes de entrar de lleno en cuál podría ser el futuro del sistema de patentes, considero que es oportuno recordar en qué consiste este. No es infrecuente que inmersos en la rutina diaria, los profesionales del mundo de las patentes olviden cuál es su función en el sistema, y por qué motivo están examinando o ayudando a redactar solicitudes de patentes. El sistema de patentes es del tipo DO UT DES, (te doy para que me des). Su objetivo es fomentar el progreso tecnológico en la sociedad. Para ello se le conceden al inventor unos derechos exclusivos sobre la invención (ver título VI de la Ley de Patentes 24/2015 de Patentes), durante un período limitado de tiempo (20 años desde la fecha de presentación en la mayoría de los estados, armonizado por los ADPIC, artículo 33). A cambio de esos derechos exclusivos, el inventor debe aportar a la sociedad una invención que realmente suponga un avance tecnológico. El cumplimiento de esta condición viene garantizada si se cumplen los requisitos de novedad y actividad inventiva. De asegurar que se cumplen esos requisitos se ocupan las Oficinas de Patentes. También se encargan esas oficinas de que se cumpla el requisito de “Suficiencia Descriptiva”, fundamental para que la sociedad se beneficie del progreso tecnológico que la invención debe suponer.

En relación con esos requisitos, es conveniente precisar que en los primeros tiempos sólo se exigía novedad. Ello dio lugar a problemas que pusieron de manifiesto la necesidad de exigir algo más para lograr un adecuado funcionamiento del sistema de patentes. La novela “Les Souffrances de l’inventeur” de Honoré de Balzac nos ilustra de una manera muy fiel cómo eran los primeros tiempos del sistema de patentes y describe los problemas que la falta del requisito de actividad inventiva y de la teoría de los equivalentes planteaba. Esta conciencia de que era preciso algo más para la concesión de los derechos exclusivos que otorga la patente dio lugar a la incorporación de ese requisito en todas las leyes de patentes a lo largo del siglo XX. En España, ello no se produjo hasta la aprobación de la Ley de Patentes 11/86 en 1986.

Tras esta introducción, que en ningún caso se puede calificar de breve, voy a intentar identificar aquellos factores que pueden influir en el futuro del sistema de patentes. Aplicaré la lógica que subyace a la aparición de una invención; cuando existe un problema, tarde o temprano aparece una invención que intenta solucionar dicho problema. Aplicando ese razonamiento, el sistema de patentes deberá evolucionar para tratar de solucionar estos problemas y en algunos casos abordar las oportunidades.En primer lugar paso a enumerarlos

  • ¿Favorecen las patentes el desarrollo tecnológico?
  • ¿Favorecen las patentes el éxito comercial?
  • Los trolls de patentes
  • La avalancha de solicitudes y el backlog
  • La Inteligencia Artificial (IA) en la invención y en el examen de patentes
  • La tecnología blockchain y el sistema de patentes.
  • Moralidad
  • Las patentes farmacéuticas y el acceso a los medicamentos.
  • Otras tecnologías y el sistema de patentes.

¿Favorecen las patentes el desarrollo tecnológico?

Teniendo en cuenta lo que antes se expuso sobre los orígenes del sistema de patentes, la respuesta debería ser claramente sí. Sin embargo, desde los inicios del mismo se han citado casos en los que la contribución al desarrollo tecnológico de la sociedad se ha puesto en duda.

Aunque es un asunto muy polémico, algunos expertos argumentan que en el caso de invenciones realmente disruptivas, las patentes tienen como efecto un freno de la innovación durante sus años de vida legal:

Diversos economistas han elaborado estudios sobre la hipótesis de que las patentes no favorecen el desarrollo tecnológico. Por ejemplo, Zia Qureshi, un economista que ha estado en el Banco Mundial y en el FMI afirma:

“Una revisión del sistema de patentes parece imprescindible para suavizar protecciones excesivamente amplias y dar lugar a mercados + abiertos a la competencia, que es, en última estancia el principal impulsor de las innovaciones y de su penetración en todos los sectores de la economía.”

Los economistas Michele Bodrin y David K. Levine elaboraron un estudio denominado “el caso contra las patentes”. Estos dos economistas abogan claramente por la reforma del sistema de patentes y en la conclusión del estudio recogen una declaración realizada por otro economista Fritz Machlup ante el congreso de los Estados Unidos en 1958:

“Si no tuviéramos un sistema de patentes, sería irresponsable, sobre la base de nuestro conocimiento actual de sus consecuencias económicas, el recomendar que se creara uno. Pero, dado que hemos tenido el sistema de patentes durante muchos años, sería irresponsable, sobre la base de nuestro conocimiento actual, el recomendar su abolición”.

Entre los problemas del sistema de patentes que Bodrin y Levine señalan se encuentran los siguientes:

  • Hay poca evidencia de que unas patentes más fuertes lleven a más innovación.
  • La libre competencia es siempre el principal motor de la innovación.
  • Las patentes se utilizan a menudo por compañías ya establecidas para mantener su posición.
  • Todos los sistemas de patentes acaban siendo más restrictivos con el tiempo, frenando la competencia.
  • Las patentes deberían abolirse, al menos en algunos sectores

Periódicamente algunos economistas se manifiestan en contra de las patentes. Este pasado verano fue Juan Ramón Rallo, el cual publicó el artículo “y si las patentes mataran la innovación?”. Su principal crítica al Sistema de patentes estriba en la llamada “Tragedia de los anticomunes“. El número de patentes es cada vez mayor, por ejemplo un teléfono inteligente puede incluir elementos protegidos por cientos de patentes. En un determinado sector, el número de patentes puede ser tan alto (ver el número de patentes de Nokia en 5G) que la innovación en el mismo puede dar lugar a un riesgo alto de infracción de alguna patente, lo que podría frenar la innovación. Según este autor, este creciente número de patentes podría estar creando una parálisis en la innovación y en el dinamismo de la economía.

¿Favorecen las patentes el éxito comercial?

Se suele dar por sentado que puesto que las patentes conceden unos derechos exclusivos al titular de la patente, garantizan el éxito comercial del producto por ellas protegido, pero no es cierto en absoluto. Se conocen casos en los que la existencia en vigor de una patente ha limitado el éxito comercial de un producto. Algunos ejemplos:

El adhesivo mecánico conocido como “velcro” y protegido por la patente US2717437 y familia. Durante la vida legal de la patente se utilizó con fines sanitarios e incluso por la NASA para sujetar objetos afectados por la falta de gravedad, pero su expansión comercial se vio limitada considerablemente. La empresa titular de la patente no tenía una visión comercial demasiado ambiciosa y no fue hasta que la patente caducó cuando se vivió un éxito comercial. Numerosas empresas utilizaron el producto con múltiples fines, ya sin miedo a ser demandados por infracción de la patente.

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es image-5.png

La tarjeta con chip o tarjeta inteligente, inventada por el francés Roland Moreno y protegida por la patente US4007355 y familia presentada en 1974. Sin embargo, la tecnología no se comenzó a utilizar masivamente hasta finales de los 90, cuando la patente había caducado.

Recientemente hemos visto como Elon Musk ha anunciado que no perseguirá a los posibles infractores de las patentes de Tesla. Probablemente el objetivo es que haya más competidores en el mercado del coche eléctrico, que de esa manera contribuyan a la popularización de la tecnología, lo cual indudablemente también beneficiará a TESLA. Asimismo, Elon Musk no ha desaprovechado para afirmar que las patentes asfixian la innovación.

Es de prever que el sistema de patentes puede verse cuestionado de manera creciente en el futuro a medio plazo si aumentan las críticas que subrayan su papel negativo en el fomento de la innovación tecnológica, al menos en ciertos sectores.

Los Trolls de Patentes (NPE)

Los conocidos como Trolls de Patentes o en inglés como NPE (Non Practising Entities) vivieron hace unos años una gran popularidad en los Estados Unidos debido a algunos procedimientos judiciales y a algunas medidas por la Administración Obama para tratar de dificultar su actuación. Estos “trolls” son compañías que adquieren patentes no con el ánimo de explotarlas sino de emprender acciones contra presuntos infractores de las mismas, con el objetivo de obtener beneficios por las  licencias concedidas a esos infractores. Normalmente compran las patentes a empresas en mala situación económica. Estos trolls abusan de las peculiaridades del sistema judicial de los Estados Unidos donde el hecho de defenderse de una demanda por infracción de patente supone un importante desembolso económico y algunos de los demandados prefieren llegar a un acuerdo y pagar cantidades inferiores a las que habría que gastar de iniciar el procedimiento judicial. Por eso se suele decir que el principal arma de estas entidades es la amenaza de enormes tasas judiciales.

Pero el elemento que favorece la aparición de Trolls, ya que se alimentan de ellas, es el de las patentes de baja calidad. Se suele mencionar un caso en el que una patente de baja calidad concedida por parte de la USPTO tenía unas reivindicaciones tan amplias que las típicas máquinas fotocopiadoras que se encuentran en numerosos comercios se encontraban dentro de su ámbito de protección. Una NPE o Troll se hizo con la patente y procedió a demandar a cientos de papelerías del medio – oeste. La inmensa mayoría de esos pequeños negocios prefería pagar una pequeña licencia, a defenderse en los Tribunales.

El mejor arma para combatir a estas entidades, que amenazan con trasladarse a Europa si algún día la patente unitaria y el Tribuna Unitario de Patentes entran en vigor, dado el elevado coste que supondrá acudir a los mismos, es aumentar la calidad de las patentes.

Indudablemente es muy complicado definir lo que es la calidad de las patentes, como bien se sabe en el Comité Permanente de Derecho de Patentes (o SCP por sus siglas en inglés).

La calidad de las patentes puede tener diferentes facetas:

  • Cumplimiento de los requisitos de patentabilidad y otros requisitos legales.
  • Capaz de superar los desafíos post concesión: oposiciones, recursos, procedimientos judiciales.
  • Adecuada redacción de las reivindicaciones teniendo en cuenta el estado de la técnica que impida circunvalarla y que facilite la persecución de posibles infractores, permitiendo de ese modo el éxito comercial.
Pato o conejo? Commons.Wikipedia.org

Si se desea combatir a los Trolls de patentes la faceta más apropiada de la calidad sería la citada en primer lugar, el garantizar que las patentes concedidas cumplen con los requisitos de patentabilidad y demás requisitos legales.

En cuanto al futuro del sistema de patentes, se puede prever que si no queremos que sea rehén de los trolls de patentes, la calidad debe mejorar constantemente y las nuevas herramientas basadas en la IA (Inteligencia Artificial) podrían ayudar.

La avalancha de solicitudes y el retraso en la tramitación de expedientes o backlog

Según se puede observar en el gráfico que se incluye a continuación, el número de solicitudes de patentes que se presentan anualmente no cesa de aumentar. En 2017 se alcanzaron 3,17 millones de solicitudes de patentes, de los cuales 1,38 millones correspondieron a la República Popular China.

Fuente: WIPO Indicators 2019

Como consecuencia, también es muy importante el backlog o el número de solicitudes en tramitación en las distintas Oficinas de Patentes.

Fuente: WIPO Indicators 2019

Es de prever que la tendencia creciente en el número de solicitudes presentadas y por tanto en el el número de solicitudes pendientes de tramitación se mantendrá en los próximos años. Las Oficinas de Patentes deberán elaborar estrategias para abordar una carga de trabajo creciente. Estas pueden ser de dos tipos:

  • Modificaciones en el procedimiento de concesión.
  • Cambios tecnológicos.

Modificaciones en el procedimiento de concesión

En los últimos años hemos visto algunos ejemplos de cómo podrían ser estos cambios:

  • La Oficina Europea de Patentes lanzó una propuesta en 2017/2018 llamada “early certainty with enhanced flexibility” que suponía la posibilidad de retrasar el comienzo del examen hasta tres años. Era de esperar que durante ese período de espera algunas solicitudes de examen se retiraran, reduciendo de ese modo la carga de trabajo de los examinadores.
  • El INPI de Brasil tiene un backlog de más de 200.000 solicitudes de patente y ha tratado de introducir modificaciones en el procedimiento de concesión. Una primera propuesta era conceder todas las solicitudes de patente tras la búsqueda si no había oposiciones ni se solicitaba el examen sustantivo. Posteriormente se descartó. La medida que se ha adoptado, también por otros países como Uruguay, es la de aceptar las búsquedas realizadas sobre expedientes de la familia por Oficinas de Patentes extranjeras y emitir las acciones de examen a partir de esas búsquedas.

Otra posibilidad sería aumentar el importe de las tasas. No hay duda de que un aumento importante de las tasas reduciría el número de solicitudes presentadas. Parece ser que la demanda de solicitudes de patente se puede considerar elástica, es decir que disminuye al aumentar el precio. Hace unos años un importe muy alto de las tasas de solicitud de patente en Ecuador provocó una reducción en el número de solicitudes de patente.

Es de prever que en el futuro algunos de los estados en los que el aumento del número de solicitudes de patentes haga la situación insostenible recurrirán a modificaciones en sus procedimientos de concesión, con una fuerte tendencia hacia la reutilización del trabajo ya realizado por otras oficinas de patentes.

La otra alternativa para abordar el aumento en el número de solicitudes es la tecnológica, que es objeto del siguiente apartado.

La Inteligencia Artificial (IA) y el sistema de patentes

La Inteligencia Artificial (IA) entendiendo como tal los sistemas informáticos con capacidades o comportamientos normalmente descritos o percibidos como “inteligentes” por los humanos está viviendo un período de popularidad mediática del que todos somos conscientes. Lo cierto es que también se está hablando de IA en relación con las patentes.

Si estamos hablando de cómo la tecnología puede contribuir a abordar la avalancha de patentes, la inteligencia artificial juega un papel prominente y es algo que ya estamos contemplando.

Son numerosas las empresas y las oficinas de patentes que han desarrollado herramientas basadas en la utilización de algoritmos de inteligencia artificial para la búsqueda del estado de la técnica y ya se están utilizando. Aunque los resultados obtenidos muestran que esta tecnología es muy prometedora, de momento no puede sustituir a la labor de los examinadores aunque sí que ofrecen un buen punto de partida. La declaración realizada por la Oficina de Patentes de Finlandia, con motivo de un encuentro sobre el tema realizado en la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) resume perfectamente la situación actual:

“The system thus cannot be relied upon to find the relevant prior art but it may in some cases point towards a useful direction. Currently, the system does not significantly speed up the prior art search.·” (No se puede confiar en el sistema para encontrar el estado de la técnica relevante pero en algunos casos puede indicar una dirección útil. Actualmente, el sistema no acelera de manera importante la búsqueda del estado de la técnica.)

A medio/largo plazo dependiendo de lo rápidamente que evolucione la tecnología, el trabajo de búsqueda del estado de la técnica se encontrará automatizado en gran medida.

El examinador de patentes del futuro

La Inteligencia Artificial va a permitir automatizar gran parte del examen de las solicitudes de patentes a medio/largo plazo, lo cual debería facilitar la tramitación de la prevista avalancha de solicitudes de patentes.

La Inteligencia Artificial y las Invenciones Patentables

Ya hace unos meses dediqué una entrada en este mismo blog a los retos que la IA plantea a la patentabilidad, sin embargo sí me gustaría detenerme en uno de ellos, que ha estado últimamente de actualidad y que indudablemente tendrá un papel protagonista en el futuro, tanto inmediato como lejano:

La autoría de las invenciones, ¿quién debe ser designado como inventor en las solicitudes de patente?

Actualmente en la práctica totalidad de las legislaciones en materia de patentes se establece que el inventor debe ser humano de forma explícita o implícita.

Aunque parece que estaríamos alejados del momento en que la IA sería capaz de generar invenciones de forma autónoma, ya se está ejerciendo cierta presión en ciertas esferas académicas y empresariales para que se aborde el tema.

-Hoy en día hay dos corrientes de expertos:

  • Aún estamos lejos de la generación de invenciones por parte de la inteligencia artificial de forma autónoma. No es preciso realizar modificaciones en la legislación en materia de patentes. (Esto es lo que afirma la Oficina Europea de Patentes).
  • Ya se están generando (y patentando) invenciones generadas por IA. Necesidad de modificar la legislación en materia de patentes.

Este último grupo de expertos ha alcanzado cierto protagonismo en los últimos meses. Un grupo, dirigido por el profesor Ryan Abbot ha presentado solicitudes de patentes en las Oficinas de Patentes de Estados Unidos, del Reino Unido, de Israel y la Oficina Europea de Patentes donde se ha designado como inventor a un sistema de IA. Se afirma que las invenciones han sido generadas, supuestamente, por ese sistema de IA llamado Dabus. Según se indica, el creador del sistema de IA no conocía nada sobre el sector en el que se crearon las invenciones y por tanto no dirigió al sistema para desarrollar las invenciones y Dabus sería el legítimo inventor. La USPTO ya habría requerido que se designara un inventor humano y está trabajando para adoptar una posición oficial sobre el tema.

Dado que el objetivo de este escrito es especular sobre el futuro del sistema de patentes, se puede recordar que una novela “The Venetian Court” escrita por el agente de patentes estadounidense Charles L. Harness y publicada en 1982 previó que en 2014 habría un sistema de IA que daría lugar al 95% de las solicitudes de patentes y en un juicio que tiene lugar en la novela uno de los argumentos que se utilizaban para buscar la nulidad de la patente era que el inventor no era humano. Aunque sea unos años más tarde de lo que previó el autor, lo cierto es que nos estamos acercando a esa situación y es que en ocasiones los ejercicios especulativos sobre el futuro tienen éxito.

Una posible solución a quién debe ser designado inventor en el caso de invenciones generadas por IA es que se pueda designar como inventor a personas jurídicas, por ejemplo la empresa utilizando el sistema de IA para dar lugar a una invención. Esto es lo que solicitó el responsable de propiedad industrial de Siemens Beat Weivel en la jornada “WIPO Conversations on IP and AI” al presentar una invención obtenida para Siemens por un sistema de IA y que no se podía patentar puesto que el inventor no era humano.

El elemento de suspensión verde de la derecha no pudo ser patentado a pesar de supuestamente cumplir con los requisitos de patentabilidad por no haber sido inventado por un humano

Ya sea con mayor o menor intervención humana, lo cierto es que ya hay sistemas de inteligencia artificial generando o contribuyendo a la generación de invenciones. Un ejemplo sería la empresa suiza Iprova . La proliferación de estos sistemas de IA inventivos podrían contribuir a incrementar aún más la avalancha de solicitudes de patentes ya prevista.

Desde el punto de vista del impacto de la Inteligencia Artificial, es de prever que en un futuro más o menos lejano habrá sistemas de IA capaces de generar invenciones de forma autónoma. Es de esperar que ya entonces se habrá decidido quién será designado como inventor. Por otro lado cuando se llegue a la Inteligencia Artificial de tipo “general” habrá que plantearse si deberá seguir existiendo el sistema de patentes, ya que si habrá sistemas de IA que generarán invenciones de forma autónoma, sin ningún tipo de estímulo, el sistema de patentes habrá perdido su razón de ser, aunque podría incentivar a la creación de ordenadores y de algoritmos de IA cada vez más potentes.

La tecnología blockchain y el sistema de patentes.

De modo similar a lo que ocurre con la Inteligencia Artificial (IA), el blockchain es otra tecnología que aparece con frecuencia en los medios de comunicación. La definición más utilizada es la de un gigantesco libro de cuentas en el que los registros están enlazados y cifrados para proteger la seguridad y privacidad de las transacciones. Se puede aplicar a todo tipo de sectores, incluidas las patentes, aunque la tecnología sea especialmente conocidas en cuanto que criptomonedas.

Explicación de qué es la tecnología blockchain (aplicada al bitcoin)

Dentro del mundo de la propiedad industrial y más concretamente de las patentes, su principal utilización estriba en la fijación de fechas, que serían difícilmente inalterables, a modo de notarios digitales que podrían dar fe de la fecha en que se generó un determinado conocimiento que se mantuvo en secreto, la fecha en que se comenzó a utilizar una determinada tecnología para poderse defender de demandas de infracción por posible infracción de una patente mediante la figura conocida como “derechos de uso previo” o para fijar la fecha de incorporación al estado de la técnica, por ejemplo, en el caso de catálogos y otra información comercial.

Asimismo, se está empezando a utilizar la tecnología “blockchain” para crear bases de datos o registros, donde no quede duda, por ejemplo, respecto a la titularidad de las patentes, probablemente esta tecnología también se aplique a las oficinas de patentes, también para gestionar los requisitos del protocolo de Nagoya. Es de prever que este tipo de tecnología se vaya extendiendo en el futuro a medio y largo plazo.

Aunque blockchain y AI sean palabras de moda que suelen ir juntas, a diferencia de lo que ocurre con AI no parece que la tecnología blockchain vaya a ser disruptiva en relación con las patentes. Será una herramienta más pero no alterará el sistema de forma significativa.

Moralidad

La mayoría de las leyes de patentes excluyen de la patentabilidad algunas invenciones por ser contrarias a la moral y al orden público. El Convenio de la Patente Europea establece en su artículo 53:

  • No se concederán las patentes europeas para:
  • a) Las invenciones cuya publicación o explotación sea contraria al orden público o a las buenas costumbres, sin poderse considerar como tal a la explotación de una invención por el mero hecho de que esté prohibida en todos los Estados contratantes o en uno o varios de ellos por una disposición legal o reglamentaria;

Lo que es moral o no evoluciona con el tiempo. Hay ejemplos múltiples de cómo la moralidad cambia a medida que transcurre el tiempo y también su impacto sobre la patentabilidad.:

  • Las patentes “sexuales”, especialmente aquellas que tienen que ver con la anticoncepción estuvieron excluidas de la patentabilidad hasta los años 60 en Gran Bretaña.
  • Las invenciones relacionadas con el juego estuvieron excluidas de la patentabilidad en los EE. UU. hasta los años 80.
  • Mientras que a finales del siglo XIX y a principios del siglo XX se patentaron abundantes invenciones cuyo propósito era evitar o dificultar la masturbación, hoy en día se patentan numerosísimas invenciones destinadas a facilitar la masturbación. (Ver mi entrada en este mismo blog dedicada a “sexo, moralidad y patentes”.)
  • También las creencias religiosas y la cultura tienen una influencia sobre las invenciones que están excluidas de la patentabilidad.
  • Varios países musulmanes excluyen de forma explícita de la patentabilidad algunas invenciones. Como ejemplo, la Ley de Patentes Iraní establece:
La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es image-12.png
“Aquellas invenciones cuya explotación comercial sea contraria las leyes de la Sharía, el orden público o la moralidad.”

Las invenciones relacionadas con la tauromaquia y que se patentan en España, Francia y algunos países iberoamericanos sin problema alguno, estarían probablemente excluidos de la patentabilidad en otros países debido a asuntos morales.

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es image-13.png

En el campo de la tecnología hay algunas invenciones que están excluidas de la patentabilidad debido a la moralidad, por ejemplo, la regla 28 del CPE establece:

De conformidad con el artículo 53 a), no se concederán patentes europeas relativas a invenciones biotecnológicas que, en particular, tengan por objeto:

  • (a) procedimientos de clonación de seres humanos;
  • (b) procedimientos de modificación de la identidad genética germinal del ser humano;
  • (c) la utilización de embriones humanos con fines industriales o comerciales;
  • (d) los procedimientos de modificación de la identidad genética de los animales que puedan causarles sufrimientos sin una utilidad médica sustancial para el hombre o para los animales, así como los animales que puedan resultar de dichos procedimientos.

Teniendo en cuenta los recientes avances tecnológicos en este sector, se puede prever que algunas de estas invenciones serán patentables en un futuro no muy lejano.

Las patentes farmacéuticas y el acceso a los medicamentos.

La industria farmacéutica puede ser considerada como el paradigma de un sector donde el sistema de patentes trabaja correctamente puesto que incentiva la generación de invenciones que benefician a la sociedad. La innovación que lleva a cabo la industria farmacéutica hace posible la aparición de nuevos medicamentos que puedan curar enfermedades hasta recientemente consideradas incurables como es el caso de la hepatitis C.

Los países menos desarrollados y en vías de desarrollo han culpado tradicionalmente a las patentes de dificultar el acceso a las patentes. Sin embargo, hoy en día algunos sectores sociales en países desarrollados están siguiendo el ejemplo, debido al elevado precio de algunas nuevas medicinas patentadas (los medicamentos contra la hepatitis C, CART, los biológicos, Spinraza, Orkambi, etc.)

Por otro lado, las compañías farmacéuticas recurren a una serie de estrategias como las llamadas “marañas de patentes” o a los CCP’s (Certificados Complementarios de Protección) para tratar de prolongar la vida de las patentes sobre medicamentos con éxito comercial lo máximo que sea posible.

Al tratar de pronosticar cómo evolucionará el sistema de patentes por lo que se refiere a la farmacia, no es difícil prever que los gobiernos de los países menos desarrollados y en vías de desarrollo continuarán tomando medidas destinadas a reducir el número de patentes sobre medicamentos en sus respectivos países y que, por otro lado, las multinacionales farmacéuticas buscarán la extensión de la vida de sus patentes, ya sea mediante un aumento de la duración de los CCP’s (Certificados Complementarios de Protección) o aplicando estrategias equivalentes a las conocidas como “marañas de patentes”. Esto no es tan diferente de lo que ha venido ocurriendo durante los últimos años pero el clamor popular contra las patentes como principales culpables de los precios exageradamente altos de los nuevos medicamentos no cesará de aumentar en los países más desarrollados. En consecuencia, parece que deberían tomarse medidas a medio y corto plazo si se desea mantener el sistema de patentes.

Otras tecnologías y el sistema de patentes

En los últimos años han surgido otras tecnologías, aparte del blockchain y la Inteligencia Artificial ya abordadas, que pueden considerarse más o menos novedosas; nanotecnología, impresión 3D, CRISPR, el llamado Big Data.

En cuanto al Big Data, en realidad es la disposición de grandes volúmenes de datos la que ha posibilitado el despegue que la Inteligencia Artificial está experimentado en los últimos años. Se suele afirmar que el “Big Data” es el petróleo del siglo XXI.

Sin embargo, relacionando “big data” y patentes, ya se está observando como mediante la utilización de los datos que se ofrecen libremente por las Oficinas de Patentes, es posible efectuar perfiles de los examinadores de patentes que facilitan el establecimiento de la estrategia más adecuada para la tramitación de una solicitud de patente.

¿Qué decir de la impresión 3D? Una tecnología que ya lleva entre nosotros más de 30 años y a la que me refería anteriormente como un posible ejemplo de patentes amplias sobre nuevas tecnologías frenando la innovación. Poco a poco se va extendiendo su utilización y si dentro de unos años prácticamente todo el mundo pudiera disponer de una impresora 3D de gran calidad a un precio razonable se podrían obtener todo tipo de objetos, quizás protegidos por algún tipo de propiedad intelectual. Es una amenaza que pende sobre el mundo de las patentes y de la propiedad intelectual en general desde hace un tiempo.

Conclusiones

De este análisis se puede deducir que son numerosas las amenazas al sistema de patentes, que podrían poner en peligro su supervivencia en el futuro: En primer lugar los cuestionamientos en relación a su utilidad para la sociedad para la promoción de la innovación y la posible utilización que ciertos actores podrían hacer del mismo para enriquecerse sin fomentar la innovación, debido fundamental a la baja calidad de algunas patentes concedidas. La extensión de las herramientas de Inteligencia Artificial podría permitir una mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de patente por parte de las Oficinas Nacionales de Patentes pero por otro lado, el empleo de la IA para generación de invenciones podría provocar avalanchas de solicitudes de patentes muy difíciles de manejar por las Oficinas de Patentes. Asimismo, la aparición de una Inteligencia Artificial de tipo general que sustituyera a los seres humanos en la mayoría de las tareas actualmente realizadas podría hacer innecesario al sistema de patentes. El blockchain aparece como una herramienta más que no parece vaya a causar cambios importantes. Por otro lado, probablemente las invenciones excluidas de la patentabilidad debido a la moralidad y el orden público irá variando a lo largo de las próximas décadas. Asimismo, si la industria farmacéutica sigue fijando precios astronómicos a los nuevos medicamentos patentados, la reacción popular, asumida por algunos gobiernos podría poner en peligro el sistema de patentes antes de que la IA acabe con él.

Leopoldo Belda Soriano

In English

2 thoughts on “EL FUTURO DEL SISTEMA DE PATENTES

Leave a Reply

Fill in your details below or click an icon to log in:

WordPress.com Logo

You are commenting using your WordPress.com account. Log Out /  Change )

Twitter picture

You are commenting using your Twitter account. Log Out /  Change )

Facebook photo

You are commenting using your Facebook account. Log Out /  Change )

Connecting to %s